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Revista Profesional de la Industria del Juego en España rivat P oc J Publicación Mensual 13 euros Abril 2023 – N. 373 Año 28 Alfredo Llop, ante el escenario de la B1 en la Hostelería aragonesa, una vez reformada la ley del Juego Regulador y operador de juego autodeciden en el seno del Consejo del Protectorado autoasignarse una distancia de 10 metros sobre tales centros, espacio donde no pueden venderse cupón, ‘rasca’ y juegos activos INDICADORES Analizamos la reforma de la ley del Juego de Baleares, en vigor desde el 9 de abril de 2023

2 JP RUEGOS Y PREGUNTAS La colaboración de Merkur Dosniha en el nuevo espacio Casa Esment, integrado en un entorno rústico de más de 20 hectáreas rodeado de viñedos, huertas de cultivo ecológico y olivares en la isla de Mallorca, elevará más si cabe las oportunidades socio-laborales hacia estas personas con necesidades de apoyo en nuevas áreas de agricultura ecológica, restauración y atención al visitante en general. La directora de Relaciones Institucionales y RSC de Merkur Dosniha, Yolanda Barqueros, personificó la cercanía con AMADIP ESMENT recorriendo los nuevos espacios con el titular de Recursos Humanos de la entidad, Pedro Landero. "Son valores adaptados a los cambios sociales. Este nuevo espacio visualiza y culmina los 60 años de esta organización autoexigente y siempre alineada en el objetivo y la gestión del desarrollo sostenible", explica Barqueros. "Empresa, profesionales, familias y sociedad en general convergen en pos de innovación social, aprendizaje, sostenibilidad, cultura mediterránea y gastronomía. Todo en un mismo espacio para favorecer la formación, ocupación y empleo", reflexiona Yolanda Barqueros. "No hay que valorar únicamente el patrón de perfección o de utilidad social. La entrega, el apoyo, la ayuda, la colaboración y la generosidad hacia quien lo necesita también es riqueza social". • Casa Esment se integra en ESMENT Weyler, cuyas tres plantas distinguen zonas de gastronomía y salas de reuniones, formación, conferencias o talleres de distintos aforos. El nuevo edificio tiene espacios diáfanos, equipados con mobiliario sostenible y equipos tecnológicos de última generación que facilitan ambientes personalizados adaptados a las características del evento a realizar. La sala principal tiene capacidad para 195 personas. • En el exterior se reparten Bodegas Gallinas & Focas, invernaderos, aulas de formación, sistemas de depuración de aguas e instalaciones fotovoltáicas y una carpa beduina con capacidad para 200 personas. Huerto, viveros ecológicos y taller agroalimentario revierten a ESMENT Alimentación. Siempre que la producción lo permite, la materia prima es la generada en el huerto de cultivo ecológico. AMADIP Merkur Dosniha hace suya la causa de Fundación AMADIP ESMENT por la discapacidad intelectual y otros colectivos vulnerables

JP 1 RUEGOS Y PREGUNTAS ESMENT elabora productos artesanales elaborados con sembrados y recolectados de su huerta de cultivo ecológico, productos de temporada, colaboraciones con proveedores locales y proyectos a medida. Más de 200 personas con necesidades de apoyo trabajan en el cuidado y mantenimiento de la huerta ecológica, las viñas, olivos y algarrobos que rodean la finca. • EsmentBici forma parte del plan de movilidad sostenible de ESMENT que impulsa el desplazamiento sin mediar el coche. Tiene una componente social, no sólo por los beneficios medioambientales y económicos, sino fundamentalmente porque incluye dos puntos de servicio de mantenimiento, reparación y limpieza de bicicletas en el cual participan 30 personas con necesidades de apoyo. "Es la primera iniciativa del nuevo Plan de Movilidad Sostenible diseñado por la entidad y que facilita bicicletas eléctricas a los trabajadores para llegar al trabajo desde casa, impulsando un concepto más verde y saludable", explica Yolanda Barqueros. • La recuperación y restauración de La Sínia, un molino del siglo XIX en Casa Esment ha sido obra de los integrantes de esta entidad. Es el conjunto arquitectónico con el que ESMENT proporciona visibilidad a la historia de la agricultura mallorquina y sobre todo a las actividades de ocupación impulsadas por personas con necesidades de apoyo vinculadas a la entidad. Quienes desean conocer Casa Esment y los elementos de su actividad agrícola podrán hacerlo de la mano de Esment Guías. "El aprendizaje no sólo se basa en la formación, también en la experiencia y participación en estas instalaciones". Esment Guías lo configuran personas con necesidades de apoyo que colaboran con los visitantes de los eventos ayudando en tareas de recepción, acompañamiento, aparcamiento, soporte logístico... • Imprenta Esment es la actividad de mayor solera de la entidad, que trabaja offset y digital de calidad y respetando escrupulosamente los plazos de entrega en la edición de folletos, revistas, libros... Más de 100 personas se benefician de las oportunidades de formación y empleo.

2 JP SUMARIO Director: Oscar Delgado. Consejo Redacción: Javier Miró. Fotografía: Alejandro Amador, Oscar Corral, Xavier Farell, Raúl Caro y Daniel Pérez. Diseño/Realización: MRAGrafisme. Impresión: Ediciones Gráficas Rey. Suscripciones y Administración: Teresa Blanco. Redacción: Via Laietana, 46, 4t 3a. 08003 Barcelona. T: 932 687 780. Fx: 932 681 242. Número ejemplares: 1.800. Depósito legal: B-29.529/94. www.jocprivat.com jocprivat@jocprivat.com Joc Privat es una publicación editada por la asociación empresarial Andemar Catalunya. Las opiniones expresadas en los artículos firmados son responsabilidad del autor. JP no acepta las responsabilidades que pudieran derivarse de cualquier omisión, inexactitud o errata en los mismos. Ponemos en conocimiento de asociados y suscriptores que los datos de carácter personal facilitados por Uds. han sido incorporados a un fichero automatizado, cuya finalidad es la prestación de los servicios propios de la Asociación Los datos relativos a no asociados o no suscriptores han sido obtenidos de fuentes accesibles al público. Los destinatarios de la información serán los departamentos en los que se organiza Andemar Catalunya y también pueden ser utilizados para remitirles información general de índole publicitario. Usted tiene derecho a ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el ámbito reconocido por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre. El responsable del fichero es Andemar Catalunya. Para ejercitar los derechos arriba mencionados, y para cualquier aclaración, puede dirigirse por escrito a: Andemar Catalunya - Via Laietana, 46, 4t 3a - 08003 Barcelona Revista Mensual Año 28 Abril 2023 Número 373 En portada Una nueva ficción en torno a la ONCE. Las reformas reglamentarias acometidas en el Cupón y en las Loterías Instantáneas de Juegos ONCE incorporan como novedades la prohibición de venta en las puertas e interior de colegios y centros especializados en tratamiento de personas con patología del juego, y además la prohibición de hacerlo a una distancia de 10 metros respecto de tales centros. El BOE publicó estas disposiciones en su edición del 11 de abril y su vigencia es efectiva desde el 1 de abril. Analizamos la dimensión de estas decisiones, pero sobre todo quién la ha tomado personificada en el Consejo del Protectorado. SUMARIO 30 Apuestas Analizamos Madrid y Asturias, y documentamos Baleares desde 2017 en exclusiva 4 Autonomías Aragón incorpora el BES y Madrid modifica el 'bingo dinámico' 9 Empresas R.Franco impulsa presentaciones de proximidad con el operador: a Córdoba le siguen Almería y Valencia 37 España La ONCE se autoasigna una distancia de 10 metros con colegios donde no vender sus juegos 47 Indicadores Profundizamos en las novedades de la reforma legislativa de Baleares vigente el 9 de abril 52 Online La Apuesta en 2022 entre residentes de la Comunidad de Madrid por la pasarela autonómica La imagen del mes El sólido compromiso de Zitro con Argentina A las pocas fechas de la Zitro Experience, la compañía fundada por Johnny Ortiz confirmaba la apertura de una Oficina en Buenos Aires desde la cual atender el crecimiento significativo en la operación y servicio. Los espacios multifuncionales incluyen ventas, operaciones logísticas, gestión de pedidos, soporte técnico, un laboratorio, espacio de almacenamiento adicional y un showroom para que los clientes experimenten en primera persona los innnovadores juegos de Zitro. Una nueva Oficina, al frente de la cual figura Alejandra Burato, que Zitro hizo coincidir con su jornada de contacto con los operadores de Casino argentinos y presentar su nueva línea de producto dentro de la serie de cabinets GLARE: Altius, Illusion, Allure y Fusion, cuatro muebles diferentes y exclusivos con características que aseguran al usuario final una experiencia de juego totalmente nueva. El presidente Internacional de Zitro, Sebastián Salat, sintetiza el compromiso. "La confianza inquebrantable de nuestros estimados socios, y el esfuerzo y el compromiso del equipo Zitro por brindar experiencias de juego excepcionales nos permiten demostrar en Argentina una vez más por qué 'Ganar no es cuestión de suerte'".

4 JP autonomías El BES llega al Bingo de Aragón Cada terminal informático de bingo electrónico resta una plaza de aforo del bingo tradicional. La suma de plazas de bingo tradicional y BES no puede superar el aforo máximo autorizado en cada sala de bingo. La Orden detalla los diferentes elementos materiales e informáticos del BES, que abarcan el sistema técnico (previa homologación), el servidor central del BES, el procedimiento de generación del sorteo y de la extracción de bolas, las características de la cuenta electrónica y la cuenta electrónica global. Los valores faciales de los cartones electrónicos son de 2, 3 y 6 euros. El tiempo medio de duración de cada partida no puede ser inferior a 3 minutos, ni podrán jugarse más de veinte partidas a la hora. El destino a premios en cada partida es el 68% de las cantidades jugadas; el porcentaje de devolución en premios constará en las pantallas informativas de la sala y en los paneles luminosos del servicio de admisión. Para la conformación de los premios tiene que detraerse el 45% del valor facial de todos los cartones vendidos en una partida para bingo, el 5% del valor facial de todos los cartones vendidos en una partida para línea, y; el 18% del valor facial de todos los cartones vendidos para el premio de prima. La prima de bingo es una cantidad determinada por cada sala en función de la recaudación obtenida en el mes vencido inmediatamente anterior, calculada el primer día de cada mes, resultante de detraer el 18% del total de los cartones vendidos por la propia sala en el mes inmediatamente anterior; el premio se otorgará según un número máximo de bola y su cuantía será fija de múltiplos de 50 con un mínimo de 50 y un máximo de 1.000. Sistemas de grabación audiovisual El acceso físico a los equipos informáticos tiene que ser controlado y sólo permitido a personas autorizadas, y a personas que vayan a reaizar un mantenimiento puntual, siempre con autorización y acompañamiento de un responsable del sistema. Es imperativo que las salas autorizadas dispongan en el interior del establecimiento todos los medios, técnicos e informáticos necesarios para garantizar la correcta, ininterrumpida y permanente grabación audiovisual del desarrollo de todas las partidas de BES que se celebren La Orden 366/2023, de 27 de marzo (BOA del 5 de abril) regula la modalidad electrónica del juego del bingo tradicional, que habilita la compra por la persona jugadora de cartones emitidos electrónicamente mediante un sistema informático y reproducidos en un terminal de juego, que también abre la opción de emitir en papel impreso. Las empresas de Bingo interesadas en su desarrollo comercial tienen que gestionar una solicitud que incluya homologación del sistema técnico del bingo electrónico de sala y su número de inscripción en el Registro General del Juego de Aragón; el número de terminales operativos; el rango de la matriz de los cartones electrónicos que se reservan para los cartones impresos en soporte papel; reglas aplicables al juego con el precio de los cartones electrónicos, las combinaciones de premios ganadores, validez de los resultados, sistema de validación, reparto y abono de premios y caducidad del derecho al cobro de los premios; presentar un Programa de Juego Responsable, y; justificante de abonar la tasa administrativa de la modalidad del BES. Las solicitudes tienen margen de 1 mes para su resolución; superado tal período, la petición se entiende estimada por 'silencio positivo'. Las autorizaciones de explotación son por 5 años, renovables por períodos de igual duración. Autorizaciones de explotación de 5 años, renovables Mayte Pérez, consejera de Presidencia del Ejecutivo aragonés, firmó la Orden en vigor desde el 6 de abril de 2023 La resolución de solicitud para operar el BES tiene 1 mes de margen de respuesta por la Administracion; superado ese tiempo, prevalece el ‘silencio positivo’

JP 5 autonomías Así refiere en la 'exposición de motivos' la oportunidad del BES en Aragón, que inscribe en "el impacto y creciente uso intensivo de los medios tecnológicos en la sociedad que cambia la interacción de las/ os jugadoras/es en la práctica de los juegos autorizados". En el BES las operaciones de desarrollo de las partidas durante la jornada de juego, incluida la emisión de cartones, se realizan automatizadamente mediante sistemas y equipos informáticos de juego, previamente homologados y autorizados por la administración a fin de verificar la debida transparencia, fiabilidad, control y seguridad del desarrollo del juego del BES. "Necesaria evolución para un sector empresarial en continuo proceso de modernización e innovación" durante toda la jornada de juego. Las salas de bingo tienen que incluir cámaras que graben fija y continuamente información disponible en las pantallas informativas de la sala. Es imperativo instalar una cámara de grabación, al menos por cada 50 m2 de la sala principal del juego del bingo. El personal de sala es el responsable de garantizar la conservación de los soportes de almacenamiento empleados para la grabación audiovisual durante 3 meses. La suma de plazas de bingo tradicional y BES no puede superar el aforo máximo autorizado en cada sala de bingo La reforma de la ley del Juego de Canarias salta a la siguiente legislatura La Secretaría General del Legislativo autonómico tramitó la diligencia de "vencimiento de plazo" el 30 de marzo frenando el procedimiento de urgencia impelido por el Gobierno de Canarias a mediados de diciembre. No han bastado que el Consultivo emitiera un dictamen sobre la reforma, ni tampoco que a mediados de enero el Consejo de Gobierno remitiera el texto al Parlamento autonómico también por vía urgente y por lectura única del proyecto de reforma de ley. De hecho, a finales de enero fue el propio Consultivo el que emitió un severo reproche al Ejecutivo que preside Ángel Víctor Torres por el acelerado dictamen al requerimiento de urgencia solicitado por el presidente. Y lo hizo porque esta reforma inició la tramitación hace más de 2 años, pero para la emisión del dictamen pedía apenas 15 días. La modificación de la ley 8/2010, de 15 de julio, de Juego y Apuestas salta a la legislatura que resulte de los comicios del 28-M. El reproche del Consultivo y que finalmente no se haya tramitado la reforma en el Parlamento, pese a existir un mandato legislativo, no dejan en el mejor de los lugares al Gobierno de Canarias presidido por Ángel Víctor Torres (imagen) Castilla-La Mancha optará a 65 nuevas autorizaciones B para Hostelería en julio/agosto Fueron 35 las autorizaciones adjudicadas por la Junta en el periodo abierto hasta el 15 de febrero. No alcanzar el cupo anual de 100 asignado en la Resolución 248, de 18 de diciembre de 2019, que fue aprobada en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta del 10 de diciembre de 2019 significa que a partir del 1 de julio y hasta el 15 de agosto se abrirá un nuevo procedimiento que capacitará la obtención de hasta 65 autorizaciones B exclusivamente para hostelería. Efectivamente, no incluye las máquinas B específicas de establecimientos de juego porque éstas siguen fuera del ámbito de esta Planificación que la Junta impulsó para el período del 1 de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2023. En el año 2022 fueron 66 las autorizaciones B adjudicadas en el procedimiento correspondiente a aquel ejercicio.

6 JP autonomías El debate de la reforma de la ley del Juego ha estresado al conjunto del sector... ——Publicada la reforma, todo está más calmado. Antes de su aprobación aún había posibilidades de cambiar algunos puntos de esta ley y ciertos subsectores lo intentaron hasta el último momento. Una de las derivadas de la reforma es que la empresa operadora y el sector en su conjunto regresan al 'principio de sospecha' que antes de promoverse la interesada 'alarma social' parecía aparcado. ¿Tiene esa misma impresión por la repercusión en la opinión pública? ——Es cierto. La exposición pública en prensa, televisión, etcétera ha reavivado el debate sobre el Juego Presencial y ésto siempre resulta negativo para nuestro sector porque nunca tenemos buena prensa. La Comisión de Juego de Aragón ha incorporado en los últimos dos años nuevos activos sociales, cuya sensibilidad se centra en las externalidades negativas del trastorno por juego, pero el empresariado acredita décadas de contrastado compromiso en RSC. La reforma de la ley crea la Comisión Técnica Interdepartamental de Políticas de Juego, también con funciones de órgano consultivo. Se presume que las connotaciones de salud pública mantendrán al sector en el candelero. ——Desde la última reforma de la Comisión de Juego hay muchos más representantes que no tienen relación alguna con el sector. Eso significa que no lo conocen, pero además tienen opiniones muy sesgadas sobre muchos temas. Lo que pedimos y esperamos de la nueva Comisión Técnica es que sea objetiva e imparcial en sus informes y tenga en cuenta todos los aspectos que rodean al juego y sus clientes, ya que se trata de una actividad legal y no negativa 'per se'. ¿Qué reflexión le merece que la nueva ley hable de 'jóvenes mayores de 18 años' a los cuales presume "mayor impulsividad y menor El 11 de abril entró en vigor la reforma de la ley del Juego de Aragón. Todo el proceso de gestación de la misma ha sacudido las costuras sectoriales como seguramente no había ocurrido antes en una reforma legislativa en esta comunidad. En la anterior edición de JP analizamos el contenido de la misma. Buscamos ahora en el presidente de AZEMAR el resumen, la síntesis sobre cómo han vivido las empresas del sector de la Máquina B en Hostelería lo sucedido y los retos que tienen por delante sus sociedades, los fabricantes y el conjunto del sector en general. "La nueva Comisión Técnica Interdepartamental de Políticas de Juego tiene que ser objetiva e imparcial en sus informes y considerar todos los aspectos que rodean al juego y sus jugadores porque somos una actividad legal y no negativa 'per se'" Alfredo Llop Resano AZEMAR-Aragón Presidente "Las B1 en explotación y homologadas antes de la entrada en vigor de la ley no tendrán que adaptarse a lo exigido en el artículo 21.8. Podrán explotarse y renovarse hasta que la empresa decida su baja definitiva" "Ser joven no es sinónimo de irresponsable. Eso no depende de la edad. La juventud está preparada para realizar cualquier tipo de actividad, incluido el juego"

JP 7 autonomías capacidad de control propios de este tipo de desarrollo humano" respecto de prácticas de juego (literal de la ley)? Los mayores de 18 años votan, conducen vehículos y son responsables de sus conductas ante la justicia y la sociedad. ——Ser joven no significa ser irresponsable. Tal cosa no depende de la edad, y la juventud está preparada para realizar cualquier tipo de actividad, incluido el juego. Y todo ello sin que suponga ningún tipo de problema. Lo sucedido en estos últimos dos años a raíz de la reforma de la ley, ¿ha dañado las relaciones dentro del tejido asociativo del sector en Aragón? ——Entre las distintas asociaciones y subsectores siempre ha existido muy buena relación. Lo que ha ocurrido es que tenemos diferentes formas de actuar ante unos mismos temas. ONCE y SELAE seguramente son grandes beneficiados de la ley y con apenas tres líneas dedicadas a ellos. Sus juegos pueden comercializarse en todo tipo de establecimiento abierto al público en Aragón y sin que la Administración aragonesa tenga autoridad alguna. ——Es verdad que hubiéramos deseado que este artículo no saliera, pero también el texto del artículo deja claro que la venta de estos productos tiene que ser exclusivamente por el personal del establecimiento, y que éste no puede tener acceso a su utilización. Esta circunstancia evita que se tratara de un terminal colocado junto a nuestras máquinas o en la barra del establecimiento a libre disposición del usuario, lo que entendemos minimiza el posible impacto negativo sobre nuestro sector. Al adoptar tal medida, ¿Aragón deja en papel mojado los criterios y políticas de Planificación sobre Juego que sus políticos se han afanado en trasladar a la opinión pública con reiteración? ——Como he dicho, al final no es el usuario el que tiene acceso al producto directamente. Y la venta de los boletos ya se estaba realizando en hostelería de facto por los vendedores en el caso de la ONCE y por los empleados en el caso de SELAE. No va a haber tanta diferencia con lo que se estaba haciendo hasta la fecha. Hablemos de la B1, producto propio de la Hostelería. La inclusión en el 21.8 del imperativo de mensajes de juego responsable, y de prohibición a menores y prohibidos, ¿qué representa? ——Si remontamos al primer anteproyecto de modificación de la ley que incluía un mando de activación/desactivación de la máquina controlado por el titular del establecimiento y de un avisador para el usuario del tiempo que llevaba jugando, entendemos que la inclusión de estos mensajes e indicaciones en la pantalla son mucho menos lesivos para nuestra actividad. En este punto quisiera poner de manifiesto la labor asociativa incesante que se ha realizado con la Administración, grupos políticos, asociaciones de jugadores... Todo ello para que el texto del artículo 21.8 sea el que hoy está publicado. Podríamos decir que hemos desplegado incluso una labor pedagógica para explicar cómo funciona nuestro sector a muchas instituciones que desconocían o tenían una visión parcial de las empresas dedicadas al jue- "No nos agrada este punto de la ley, pero la venta de los juegos de SELAE y ONCE tiene que ser exclusivamente por el personal del establecimiento, y el cliente no puede tener acceso a su uso" "La reforma de la ley nos ha obligado a desplegar una labor pedagógica para explicar cómo funciona nuestro sector a muchas instituciones que desconocían o tenían una visión parcial de la labor de nuestras empresas dedicadas al sector presencial" Servicio de control de acceso En la página 44 del JP372/ Marzo 2023 dentro del examen a la reforma de la ley del Juego de Aragón se indicaba que los establecimientos de juego (salvo salones recreativos) tienen que incluir 'servicio de control de acceso', además de la llevanza de un Libro de Visitantes que tiene que situarse en la entrada de cada una de las puertas de acceso del establecimiento. Es cierto que en esta información se obvió que el artículo 33.2 estipula "la asistencia de las gestiones del servicio de control de acceso y llevanza del Libro de Visitantes de un sistema de control de acceso debidamente homologado y autorizado". La omisión obedeció a que este requisito ya estaba siendo incorporado en todos los establecimientos de juego aragoneses antes de regir esta reforma de la ley del Juego.

8 JP autonomías go presencial. Las B1 homologadas no es que tengan que adaptarse, es que se sitúan en situación administrativa de 'extinción' porque el requisito será válido para las nuevas B a partir del 11 de octubre de 2023. Todo el parque tendrá que renovarse... ——Las máquinas B1 en explotación y homologadas antes de la entrada en vigor de la ley no tendrán que adaptarse y podrán explotarse y renovarse hasta que la empresa decida su baja definitiva. ¿Qué estrategia prevé AZEMAR para con los fabricantes en este proceso tan breve que se plantea por delante? ——La modificación está en manos de los fabricantes, pero estamos en contacto con las asociaciones de fabricantes con el fin de unir criterios y trasladarlos a la Administración. Esperamos que pueda llevarse a cabo en el plazo que marca la disposición. Además, la comunidad de Baleares, que ha cambiado la ley, también incorpora en su texto una modificación similar. La ley vincula el REJUP con las B1 en Hostelería a expensas de una Orden del consejero sobre sus condiciones técnicas. ¿La identifica como una 'espada de Damocles' sobre la seguridad jurídica de las empresas? ——Esta Orden no tiene marcada fecha tope para su desarrollo reglamentario. No todas las Órdenes se desarrollaron en nuestra comunidad autónoma. Por ejemplo, desde 2014 podían autorizarse las apuestas deportivas en hostelería con el desarrollo de una Orden que nunca llegó. Y en la reciente actualización de ley ya no se autoriza su instalación. Una nueva vuelta de tuerca en la B es la monitorización de control y acceso remoto de la Administración en tiempo real a datos de fecha y hora sincronizada y de cada jugada y premios repartidos, cuyo plazo de adaptación es de 2 años, pero ya afecta a los nuevos modelos a homologar al regir la ley (sólo 6 meses de plazo) ——Esta exigencia es sólo para máquinas instaladas en locales de juego, no para las instaladas en Hostelería. ¿Qué le transmiten los fabricantes sobre estas últimas medidas? ——Como le he comentado, la monitorización no afecta a la Hostelería y sobre la Orden que vincula el REJUP con las B1 en Hostelería, los fabricantes nos transmiten cierta preocupación por este tema, pero en principio no es de aplicación inmediata y requiere de una Orden que determine las condiciones técnicas necesarias. ¿Qué le pide al regulador que sea nombrado por el Ejecutivo para el sector, una vez conozcamos el desenlace de las Elecciones autonómicas del 28 de mayo? ——Lo que a todos. Que nos escuche como sector y que mantenga el diálogo que hemos tenido hasta ahora. Igualmente que preserve la buena relación entre administrado y administrador, y que es fundamental para entender un sector que en algunos momentos puede tener diferentes planteamientos entre subsectores. "El contacto con las asociaciones de fabricantes es absoluto con el fin de unir criterios y trasladarlos a la Administración" "A todo regulador le pedimos que nos escuche como sector y que mantenga el diálogo que hemos tenido hasta ahora. Hay que preservar la buena relación entre administrado y administrador" Dese de alta en el newsletter JP noticias www.jocprivat.com/revista/alta-en-el-newsletter Explicamos las noticias rivat P oc J

JP 9 empresas RFénix y RFlash de R.Franco, más cerca del operador Sendas convocatorias del Departamento Comercial de R.Franco que encabeza Alberto Moreno con operadores de Almería y Valencia han reforzado la penetración de las dos nuevas creaciones B para el segmento de Hostelería, tras el lanzamiento oficial de las mismas en FIJMA el pasado mes de febrero. "Son ejemplo de nuevos productos, que ayudarán al operador a mejorar su oferta B. RFénix y RFlash aportan dinamismo, transmiten emoción, tecnológicamente son máquinas avanzadas, y por eso son una apuesta segura y de futuro". La convocatoria de Almería contó con la colaboración de Automáticos Anmoal y Protecsur. Se trata Alberto Moreno aportó las principales novedades de los dos productos B, y las ventajas comerciales que R.Franco ha diseñado para el operador de presentaciones personalizadas en estrecha colaboración con el operador para escuchar sus valoraciones y atender sus necesidades y sugerencias, explican desde R.Franco

10 JP empresas La multijuego RFénix en el nuevo mueble RF20VR incorpora exitosos títulos de R.Franco como Bowling (en la imagen) con el que probar fortuna Toma de contacto con RFlash en el nuevo mueble RF20H, que se presenta con dos monitores e iluminación LED Despliegue de la gama de producto de R.Franco en la convocatoria almeriense

JP 11 empresas Masiva asistencia de profesionales en la convocatoria de R.Franco en Valencia. La sede del edificio Copa América, Veles e Vents, en La Marina, aproximó las características del producto B para Hostelería, pero también todas las posibilidades de las creaciones para Salón y Bingo Alberto Moreno, durante su exposición de las prestaciones de Link of Gods Link of Gods y Rocket Link para Salón y Bingo, y RFénix y RFlash para Hostelería, fueron los ejes de la exposición del director Comercial de R.Franco, Alberto Moreno, ante una audiencia profesional expectante. Las funcionalidades exclusivas en el bonus free games con Anubis y Hathor, Bastet y Horus, y Extreme en Anubis y Bastet, este último ofreciendo al cliente una mayor apuesta en el abanico de rodillos, fueron remarcadas en el caso de la multipuesto y multijuego Link of Gods. El progresivo capacita el acceso a los niveles mayores (God, Royal), que crecen según la aportación por apuesta jugada y es compartible por cada uno de los terminales, y; los niveles menores (Minor, Mini), que son siempre fijos según la apuesta, e independientes en cada terminal de juego. Alberto Moreno se refirió a Rocket Link, la multipuesto que se integra en el mueble RF Impact y que contiene juegos Mystery Link con 5 líneas y jackpot progresivo común a cada uno de los terminales de juego. El progresivo de cuatro niveles Grand, Mega, Super y Major aumenta según la aportación de la apuesta jugada y facilita compartirlo con todos los terminales. Dos jackpots proporcionales se destinan a la apuesta Minor y Mini. En el segmento para Hostelería, la multijuego RFénix se presenta en mueble RF20V sobre la plataforma Orión. Aquí operador y cliente final recuperan títulos como Gnomos Mix, Neópolis, Bowling y Moky Raky, que pueden disfrutarse en Full HD y en pantalla completa para una mayor jugabilidad. RFlash es la multijuego que conjuga juego de fichas, y que se abre a juegos auxiliares y juego link. Todo ello sobre mueble RF20H y plataforma Orión, que se comercializa en Hostelería, pero también para Bingo y Salón. Rocket Link fue el otro producto para establecimientos de juego expuesto por el director Comercial de R.Franco

12 JP autonomías Todavía un anual del -20'27% respecto de 2019 en el 'bingo dinámico' de Comunidad de Madrid Electrónico Cantidad jugada (*) Premios (*) 4T 2022 5.644.727'00 4.667.678'00 4T 2021 5.424.620'50 4.724.126'75 4T 2020 4.430.820'00 3.853.620'00 4T 2019 6.252.466'00 — 4T 2018 5.485.694'00 — 4T 2017 5.177.651'00 2022 22.324.510'00 18.638.516'60 2021 18.997.475'80 16.529.750'02 2020 15.485.782'00 — 2019 23.816.635'00 — 2018 21.331.437'00 17.388.245'00 (*) Cifras: Euros Fuente: Comunidad de Madrid y Revista JP Fueron 43 definitivamente las salas de bingo autorizadas en la Comunidad de Madrid al finalizar 2022 y que dieron inicio a 2023. El último trimestre del año apreció una cierta recuperación en las ventas del 'dinámico' con una cifra final ligeramente superior a los 85'47 millones de euros. Aparentemente significa dejar atrás los bajos guarismos vividos en esos períodos de 2021 y 2020, fuertemente repercutidos por todo lo que supuso la pandemia, tal como podemos apreciar en el cuadro adjunto. Las ventas de octubre/diciembre de 2022 representan todavía un diferencial negativo respecto de pre-pandemia (2019) del -16'87%, tomando sólo como referencia el 'bingo dinámico', pues en aquel período todavía se celebraron partidas de la modalidad 'tradicional'. Así pues, desde el punto de vista cuantitativo mucho por recorrer aún para aspirar a una equiparación con aquel trimestre de 2019 y de 2018 en que esta modalidad comenzó a cristalizar las expectativas que habían sido depositadas en ella desde el empresariado y desde la propia Administración, entonces con el malogrado Fernando Prats como regulador. El último fue el mejor parcial trimestral en el año a gran distancia (8'45 más que el registro del primer cuarto de 2022), beneficiándose del regreso de cierta alegría a las salas coincidiendo con el mes de diciembre. La resultante anual en términos absolutos refleja los 312'66 millones de euros, que suponen un -20'27% respecto de los 392'17 millones acreditados en 2019. Sin duda, estamos ante el gran reto de las empresas del sector del Bingo en Madrid: equiparar las ventas a aquel ejercicio. En ese objetivo habrá que tener en cuenta la incidencia de las reformas introducidas en el 'dinámico', aunque su efectividad queda relegada al segundo semestre de 2023, tal como informamos en esta misma sección. La evolución de la modalidad de 'bingo electrónico' sigue guardando grandes concomitancias con la desplegada por el 'dinámico' en un contexto que advierte un lento, pero sostenido proceso de recuperación de sus indicadores. En el cuarto trimestre de 2022 ya se alcanzaron cifras más próximas a registros pre-pandemia, en este caso con un GGR de 0'98 millones de euros. En términos absolutos del ejercicio los 3'69 millones de euros de GGR en 2022 ya se aproximan muy mucho a los 3'95 millones consolidados en 2018. Octubre/diciembre fue el mejor parcial trimestral de 2022 por ventas del ’dinámico’ Ventas (*) Dinámico Tradicional Total 4T 2022 85.475.782 0 85.475.782 4T 2021 75.126.802 0 75.126.802 4T 2020 54.598.313 163.296 54.761.609 4T 2019 102.445.642 513.216 102.958.858 4T 2018 101.816.545 1.632.960 103.449.505 4T 2017 96.314.589 4.408.092 100.712.681 2022 312.660.007 0 312.660.007 2021 225.374.831 933.120 226.307.951 2020 193.387.166 839.808 194.226.974 2019 392.172.947 2.472.768 394.645.715 2018 386.806.312 7.048.960 393.855.272 2017 216.856.071 143.963.964 360.820.035 (*) Cifras: Euros - Fuente: Comunidad de Madrid y Revista JP El 'dinámico' comenzó su andadura a comienzos de mayo de 2017. El Simultáneo dejó de jugarse en mayo de 2018

JP 13 autonomías Ya no es imperativo vender más del 10% de todos los cartones por terminal electrónico en el 'bingo dinámico' en el trimestre natural La Orden de 1 de marzo de 2023 modifica la anterior de 13 de enero de 2016 (BOCM del 28 de marzo), que entró en vigor el 29 de marzo. Una de las grandes novedades es que se suprime el requisito de venta de cartones superior al 10% del total de cartones a través de terminales o soportes electrónicos de juego en cada trimestre natural, que en el momento de aprobarse levantó gran polémica porque su incumplimiento conllevaba sanción. Los cartones electrónicos en formato papel tienen que adecuarse a todas las novedades el 29 de mayo (a dos meses de regir la norma). Las reformas en el 'bingo dinámico' son justificadas "en la necesidad de mejorar algunas cuestiones de índole técnica como sus características y formato de los cartones en papel, establecer mayores especificaciones en la regulación del sistema técnico del juego y respecto del abono de premios a los jugadores que participen mediante cartones impreso, además de establecer un plazo para ingresar los premios no reclamados". Mantiene que las partidas de 'bingo dinámico' sólo puedan realizarse en salas de bingo por empresas autorizadas, pero introduce como novedad que no puede comercializarse, desarrollarse o distribuirse de manera interconectada entre varios establecimientos, a diferencia de la situación precedente que admitía la posibilidad de establecimientos adheridos a una Red de Distribución e Interconectados. Novedades en el juego con cartones electrónicos en soporte papel (artículo 3) El sistema técnico tiene que habilitar una cuenta electrónica global por partida, identificada mediante una clave única y exclusiva en el sistema de juego del establecimiento. Allí tienen que consignarse las cantidades satisfechas por los jugadores por la compra de cartones electrónicos en soporte papel y el importe de todos los premios obtenidos. En el supuesto que los cartones electrónicos impresos en papel se adquieran mediante soportes consistentes en tarjetas magnéticas o electrónicas prepago u otro medio homologado, el sistema tiene que disponer también: a) Cuenta electrónica individual por sesión, identificada con una clave única para cada jugador. Esta cuenta tiene que conformarse con las cantidades satisfechas por el jugador y el importe de los premios obtenidos, donde se adeudarán los importes equivalentes al precio de los cartones comprados. Toda ampliación de saldo y las anotaciones de los premios en la cuenta electrónica se realizarán en los dispositivos que tengan los vendedores para mantener permanentemente actualizada. b) Justificantes o soportes de la cuenta electrónica que tienen que incorporar la clave única de la cuenta electrónica de jugador a partir de caracteres numéricos o alfanuméricos, códigos gráficos, bandas magnéticas o chips electrónicos c) terminales de consulta de saldo de la cuenta electrónica que tienen Los premios no reclamados, que son identificados como 'impagados', tienen que depositarse ante la Consejería al mes siguiente de la sesión Número mínimo de terminales en sala Los Bingos que comercialicen únicamente 'bingo electrónico' quedan obligados a adecuarse el 30 de junio de 2023 (a los tres meses de regir la Orden) a la nueva asignación de un número mínimo de terminales o soportes electrónicos de juego equivalente a la cantidad que resulte menor entre 50 terminales o soportes electrónicos de juego y un número de terminales o soportes electrónicos de juego igual al 10% del número de plazas de aforo de jugadores autorizado. Luis Miguel Torres, titular de Juego de la Comunidad de Madrid, ha coordinado la modificación de la Orden del 'bingo dinámico'

14 JP autonomías que situarse en las mesas para permitir la consulta del saldo a los jugadores. Los cartones electrónicos de juego La homologación de los cartones a comercializar es requisito fundamental (artículo 5). El cartón tiene que incluir la serie, número de cartones de la serie y número de orden del cartón dentro de la serie; el valor facial del cartón; el código de seguridad, que es único en cada cartón, y; los datos identificativos del establecimiento que comercialice el juego. Todos los cartones de una serie deben tener el mismo formato, misma cantidad de números y ser distintos en cada uno. La comercialización es con valores faciales de 2, 3 y 6 euros. Su utilización se limita a los establecimientos y partidas para las que fueron emitidos. La representación gráfica en los terminales de juego del sistema es una opción, pero paralelamente los cartones electrónicos pueden ser impresos en soporte papel, cuyas características son: cartulina blanca print offset de 160 gramos y 175 micras de espesor; tamaño del cartón de 99 milímetros de ancho x 67 milímetros de alto, presentado en tiras de 6 cartones de 99 milímetros de ancho x 402 milímetros de alto con micro perforación entre cada cartón; impresos tanto en el anverso como en el reverso, a 2 tintas offset y secado ultravioleta; en el reverso debe incluir la leyenda 'mayores de 18 años' y 'compromiso con el juego responsable', y; troquelado de seguridad con la letra M en la casilla superior derecha. Premios y participación del jugador En el capítulo de premios se mantienen los porcentajes destinados a premios (no inferior al 70, ni superior al 75% de las cantidades jugadas) y destino en cada partida de al menos el 40% de lo jugado en ella (artículo 8). Es anulada la referencia a que los premios tengan que abonarse al jugador en la misma sesión en que se hubieran obtenido y que los premios no reclamados por el jugador en la sesión serán premios impagados y depositados en favor de la Consejería competente de Juego. Ambos supuestos quedan subordinados a una nueva redacción del artículo 13 (obtención y cobro de los premios) que se despliega de la siguiente forma: —Los premios procedentes de cartones impresos deben ser abonados o cargados en la cuenta electrónica individual "antes de concluir la segunda partida siguiente a aquélla en la que se haya obtenido el premio". —El cobro de las cuentas electrónicas individuales tiene que realizarse en la misma sesión en la que se hayan obtenido los premios, y pueden realizarse en cualquier momento a través del terminal de juego o de un dispositivo adecuado del sistema técnico o en el servicio de caja. —Los premios no reclamados por el jugador, que son 'premios impagados', tienen que depositarse ante la Consejería titular de Juego en el mes siguiente al de la sesión en que se produjera. —Los premios de los cartones impresos y el saldo de las cuentas electrónicas individuales pueden abonarse en efectivo con los límites asignados en la normativa de prevención del blanqueo de capitales y prevención y lucha contra el fraude; el pago puede ser por cheque o transferencia bancaria. En cuanto a la participación del jugador (artículo 9) la modificación de la Orden formula dos novedades principales: • La apertura de la cuenta electrónica individual se efectuará con el importe del saldo adquirido en el servicio de caja o a través de un dispositivo de los vendedores; el importe del valor facial de los cartones adquiridos se pagará mediante el adeudo en la cuenta electrónica individual. • Las compras de saldo sucesivas pueden realizarse de cualquiera de las formas o con las anotaciones en su cuenta electrónica del importe de los premios obtenidos realizadas por los vendedores. Los cartones vendidos en cada partida tienen que ser numéricamente correlativos dentro de cada rango de la matriz, de tal forma que no pueda quedar ningún cartón sin vender cuya numeración esté entre los cartones vendidos con número inferior o superior de cada rango de la misma serie. Conexión informática a los sistemas de la Comunidad Preserva el imperativo de permitir el seguimiento en tiempo real en cada establecimiento de una serie de obligaciones detalladas en su artículo 14, a las cuales se añaden: • La identificación de las partidas y terminales con soporte electrónico, los cartones adquiridos y los movimientos en la cuenta electrónica a través de tales soportes. • La identificación de las cuentas electrónicas individuales de los cartones electrónicos en papel adquiridos con tarjetas magnéticas o electrónicas prepago, fecha y hora de apertura de la cuenta, estado de la cuenta, saldo inicial y movimientos de la misma. Las salas de bingo madrileñas tienen que decidir antes del 30 de junio el mínimo de terminales o soportes electrónicos de juego: inferior a 50 terminales o soportes electrónicos de juego, o bien el 10% de plazas de aforo autorizado

JP 15 autonomías ¿Se ajusta a la realidad sintetizar que la nueva Orden es fruto del diálogo y consenso entre ASEJU y Comunidad? ——Afirmativo. Es el fruto del diálogo permanente que tenemos con ella y por coincidir en la necesidad de mejorar algunos aspectos técnicos de la regulación del 'bingo dinámico'. Probablemente no mejore la cuenta de resultados de nuestros negocios, pero sí evitará fraudes y proporcionará más control, transparencia y seguridad al juego, mayor al existente, porque estamos en línea con la Administración. Suprimir el requisito de venta mínimo del 10% en terminales electrónicos en cada trimestre natural, ¿es un alivio para el establecimiento? ——Sin duda lo es. Muchas salas tenían que desembolsar dinero en promociones para alcanzar el requisito, mientras otras lo hacían sin dificultad. La condición indudablemente electrónica del juego no la hacía ese requisito. ASEJU considera un acierto la decisión de la Comunidad de suprimirlo. Transcurrido el tiempo, ¿qué evocación puede hacerse de aquel peaje mínimo de venta diseñado por Fernando Prats como arranque del 'bingo dinámico'? ——Fue una obligación destinada para concienciarnos a todos que se trataba de un juego distinto del bingo tradicional. No hablaría de peaje. Cuando mantienes una posición leal y de colaboración con la Administración, tienes que aceptar en justa reciprocidad los requisitos que la otra parte considera necesarios. La Orden suprime igualmente la posibilidad de interconectar partidas de 'bingo dinámico' entre salas. ¿A quién beneficia esta medida? ¿Fue una petición empresarial? ——Sabíamos de la dificultad técnica y del tiempo que se perdería. Nadie nos trasladó en ningún instante el deseo de interconectar las salas para jugar al 'bingo dinámico' y la Administración también lo conocía. En ASEJU no descartamos que en un futuro y con otras cirLa anhelada Orden del 'bingo dinámico' se ha hecho esperar, pero aparentemente su contenido satisface al estamento empresarial. Tal vez resulte exagerado identificarlo como un revulsivo, pero en cualquier caso la Administración madrileña ha demostrado una vez más sensibilidad para con las empresas titulares de salas de bingo de la Comunidad y el sector ha demostrado con holgura estar a la altura cuando esta circunstancia se ha evidenciado. José Luis Merino recoge el guante formulado por JP y evalúa las grandes claves de esta reforma. "ASEJU no descarta que en un futuro y con otras circunstancias podamos plantear nuevamente la interconexión de partidas de 'bingo dinámico' entre salas" José Luis Merino Martínez ASEJU Secretario General "Es un acierto y un alivio que haya sido eliminada la venta mínima del 10% en terminales electrónicos en el trimestre natural" "El tiempo nos demuestra que un aumento libre en los premios a repartir por si solo y sin más consideraciones como una reducción fiscal, en realidad significa un menor margen empresarial y más cierres de establecimientos"

16 JP autonomías cunstancias pudiéramos plantearlo de nuevo. No hay cambio en los porcentajes de los premios. ¿Acaso no era prudente acometer esta reforma? ——El incremento en premios es la mejor forma de pensar en el cliente y aumentar su interés. Cuando consigamos una reducción en el tipo tributario, buscaremos que se incremente el retorno de premios. El tiempo nos demuestra que un aumento libre en los premios a repartir por si mismo y sin más consideraciones, hubiera supuesto un menor margen empresarial y más cierres de establecimientos. De ahí que aboguemos por que el aumento de premios esté unido a la fijación de un tipo tributario acorde. ¿ASEJU estima que los plazos asignados en la Orden resultan correctos para las pertinentes adecuaciones? ——No podemos emitir queja alguna sobre los plazos. No podemos compartir las críticas que se han vertido al respecto. Somos conscientes que la Administración cumple con solvencia los plazos legales establecidos e intenta, incluso por sus propios medios, dar una rápida respuesta en cada caso concreto que se le plantea. Una curiosidad: ¿Existen Bingos en la Comunidad que únicamente exploten comercialmente 'bingo electrónico'? ——No. Hasta la fecha, ninguno. De todas formas, esperamos que en los próximos meses puedan haber varios que opten por este modelo de negocio. ¿Qué valoración realiza ASEJU de las ventas totales alcanzadas en el año 2022 por el Bingo de Madrid? ——Seguimos con un negativo en torno al 20% tomando las cifras de 2022 y su comparativa con 2019. Es una cantidad inasumible: significa que muchos Bingos están en pérdidas y la mayoría están por debajo del umbral de rentabilidad. Entendemos que la Administración no está para que a los empresarios les vaya bien, pero tampoco para permanecer impasible mientras un subsector del juego de entretenimiento privado se desangra. Estamos seguros que en la próxima legislatura llegarán los cambios estructurales que precisamos para revertir la situación. En sus palabras es contundente y a la vez esperanzador respecto de las 43 autorizaciones de Bingo en la Comunidad. ——No podemos engañarnos. La situación es crítica. Cierto que son 43 salas autorizadas, pero son 37 las que permanecen en funcionamiento a día de hoy. Es una cifra inasumible. Por eso mantenemos la convicción que nuestros reguladores aceptarán las propuestas que les haremos llegar en los próximos meses y con los que esperamos cesar la destrucción de empleo y el cierre de establecimientos. La propia evolución del 'bingo dinámico' es un indicador fiable. Seguimos lejos de cifras que nos permitan subsistir, pero observamos una tendencia ligeramente positiva. Son 7 trimestres (a falta de conocer datos totales del primer cuarto de 2023), en los cuales cada vez bajamos un poco menos. A eso nos agarramos. Las reformas del 'bingo dinámico', ¿deberían ayudar a la apertura de nuevas puertas? ——Sin duda, una de las formas que necesitamos para recuperar a los clientes perdidos por la pandemia la proporcionan la Publicidad y la Promoción que hemos ejercido de forma prudente y moderada. Por eso pedimos que no aumenten nuevas restricciones a las que ya se determinan en la modificación de la ley del Juego recientemente aprobada (ley 11/2022, de 21 de diciembre). "Estamos seguros que en la próxima legislatura llegarán los cambios estructurales que precisamos para revertir la situación de un sector del Bingo en Madrid que se desangra" "Seguimos lejos de cifras que nos permitan subsistir, pero nos agarramos a que la tendencia es ligeramente positiva porque son 7 trimestres consecutivos en los que el descenso es cada vez menor" "Pedimos seguir ejerciendo de forma prudente y moderada nuestra publicidad y promoción. Son clave para recuperar a los clientes perdidos por la pandemia"

18 JP autonomías El parque activo en la Hostelería de Catalunya representó en 2022 el 96'95% del total de Máquinas B El parque B contingentado (básicamente Hostelería) y el no contingentado (exclusivamente Salones y Bingos) completó 2022 con 34.410 unidades activas frente a las 35.429 en el ejercicio 2021. Si tomamos la referencia respecto de 2019 (pre-pandemia) cuando la suma era de 37.648 unidades activas, apreciamos un descenso en el cuatrienio 2022/19 de 3.283 unidades. Es un claro ejemplo de los efectos de la pandemia y de los cierres administrativos de la Hostelería y las reducciones de aforos, y prohibición de consumo en barra. A los datos del parque B indicados es preciso adicionar las B especiales, que en 2022 representaron un capital de 1.084 unidades. Por su parte, el parque B instalado efectivamente en Catalunya en 2022 terminó con 30.031 unidades, es decir, 366 unidades menos que las 30.397 contabilizadas al finalizar 2021. Si esa misma comparativa toma el referente de 2019 (pre-pandemia) cuando las instalaciones de B culminaron con 32.714 unidades, el diferencial negativo en 2022 fue de -2.683 unidades sobre 2019. Pese al ascenso de la B especial, éstas sólo representan el 3'05% del parque B activo en Catalunya. La Hostelería sigue concentrando el peso específico de la B en esta comunidad. El auge de la B especial alcanza su máximo Las máquinas B especiales, es decir, aquellas limitadas exclusivamente a salón de juego y bingo (opcionalmente también en casinos), mostraron en 2022 toda su potencialidad como vector de inversión por los operadores de establecimientos de juego en aras de una especialización y de un producto específico. El incremento de unidades ya se dejó entrever en 2019, pero fue en 2022 cuando consolidó con claridad esta tendencia de un producto que en la normativa catalana queda fuera de la categoría de máquinas contingentadas. El operador devolvió al mercado en 2022 un total de cuatro permisos de B especial que en el ejercicio precedente habían permanecido en 'baja temporal'. Como podemos ver en el cuadro adjunto, el recurso de la 'baja temporal' a cargo del operador de Salón y Bingo nunca fue demasiado elevado, pero en 2022 alcanzó su cifra más baja con únicamente 14. Tampoco la alternativa del 'almacén' fue el recurso más requerido en el caso de las B especiales. El ejercicio 2022 terminó con 1 solo permiso acogido a esta situación (Girona), a diferencia del año anterior que concluyó con 3; en 2019 (pre-pandemia) ese guarismo había sido de 18. 1.084 máquinas fue la cifra total de B especiales en 2022: 180 unidades más en el interanual 2022/21. Pero si la comparativa la ampliamos al período 2019/22 el crecimiento El parque B instalado en Hostelería completó 2022 con 30.031 unidades, lo que significa una pérdida de 2.683 unidades en el cuatrienio 2019/2022 B especiales (1): 1.084 Instaladas Baja temporal Almacén Total Barcelona 756 7 1 764 Catalunya Central 22 2 0 24 Lleida 72 0 0 72 Girona 109 1 0 110 Tarragona 94 4 0 98 Terres de l'Ebre 16 0 0 16 2022 1.069 14 1 1.084 2021 883 18 3 904 2020 753 17 1 771 2019 556 18 6 580 2018 193 23 1 217 2017 207 25 0 232 2016 233 43 0 276 Fuente: Generalitat de Catalunya y Revista JP y (1) Las B especiales son máquinas no contingentadas que únicamente son instalables en Salones, Bingos y Casinos

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