La nueva ley del Juego preserva el concepto 'establecimiento de juego', definido en la norma anterior de 2013, pero incorpora un nuevo criterio de distancia con centros educativos, pese a que los locales de juego incluyen imperativamente controles de acceso y de admisión.

Un desenfoque desmedido de la 'alarma social' ha servido para justificar una serie de iniciativas en la nueva ley 5/21, de 23 de julio, de Castilla-La Mancha que, tal como advierte en su exposición de motivos, "coloca el foco en las repercusiones sociales".

La Apuesta, cuyo gasto real medio anual/mayor de edad en Castilla-La Mancha en 2019 y 2020 fue de apenas 9 y 6'73 euros, respectivamente, viene a ser el concepto catalizador de esa presunta 'alarma'. Y alrededor de ella dimanan las consideraciones ulteriores. El mejor paradigma lo define el hecho de que los casinos, establecimientos de juego de casino y aquellos locales con una superficie superior al 60% de su área de juego de bingo en cualquiera de sus modalidades no electrónicas quedan excluidos del cumplimiento de la distancia con centros educativos. Sin embargo, quedan subrogados al nuevo criterio de distancia que impulsa la ley en el supuesto que en el interior de tales establecimientos se incluya la oferta de Apuestas Deportivas.

Las intensas conversaciones que FAMACASMAN y AESCAM mantuvieron con los grupos parlamentarios han permitido aliviar mínimamente los plazos de adecuación a las potenciales revocaciones de autorizaciones que no podrán adecuarse a los requisitos fijados en la nueva norma. Inversiones empresariales, muchas de ellas consolidadas en el tiempo, quedan hipotecadas por el nuevo criterio.

Aquellas autorizaciones que caduquen al regir la nueva ley y que en la renovación no cumplan el requisito de distancia mínima con los centros de enseñanza tendrán la posibilidad de renovar el título por 5 años, pero en todo caso siempre finalizará el plazo el 31 de diciembre de 2029. Si no opta por esta alternativa, puede adaptar el local o trasladarlo a otro inmueble que cumpla la distancia, siempre dentro de la misma localidad; caso contrario, tendrá lugar la caducidad de la autorización.

Las autorizaciones de locales de juego previas a la entrada en vigor de la nueva ley del Juego quedan excluidas del criterio de distancia con centros de enseñanza si la apertura de éstos es posterior a la fecha de autorización de locales de juego. Igualmente las autorizaciones de locales de juego pueden renovarse o adaptarse antes del vencimiento a otro inmueble dentro de la misma localidad que cumpla con los requisitos de distancia previstos en el supuesto que se viera afectada por fecha de renovación.

La ley estipula la instalación de sistemas de acceso automatizados para impedir el paso de aquellas personas prohibidas. El sistema requerirá la homologación previa y la permanente actualización con los datos contenidos en el Registro de Interdicciones.

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