La Consejería de Salud y Consumo asigna el criterio horario para establecimientos de juego y apuestas en la Resolución de 13 de julio publicada ayer en el BOIB.
Consideración reflejada dentro del Plan de Medidas Excepcionales para la Prevención, Contención y Coordinación del Covid-19 adoptadas por el Govern balear y que, además del horario de cierre de los locales nunca más allá de las 2 horas de la madrugada, también estipula la presencia de clientes en número hasta las dos terceras partes del aforo del local en tanto se prolongue la crisis sanitaria.
Naturalmente los establecimientos quedan obligados al respeto de las medidas de higiene y prevención, y por extensión en los supuestos de incorporar servicios de hostelería y restauración las medidas especialmente acondicionadas para estas áreas.