Hoy rige la Orden de 28 de julio de la Consejería de Salud del Ejecutivo vasco, que a su vez modifica la de fecha 16 de junio.
Todos los establecimientos de juego deben limitar al 60% el aforo de sus espacios durante los días de vigencia de la disposición publicada en el BOPV de ayer miércoles. Además, en estos locales debe preservarse la distancia de seguridad de 1'5 metros interpersonal y la mascarilla.
Requisitos que ya eran imperativos en los establecimientos de juego y que ahora se ven afectados por las limitaciones de aforo.
En aquellos locales que incluyan servicio de hostelería y restauración la Orden recuerda que deben ajustarse a lo previsto en las condiciones exigidas para estos locales de manera específica.