Las Órdenes 809 y 810 de la Consejería de Sanidad de la Junta, publicadas ayer miércoles en el BOCYL, aplican medidas en la hostelería, sociedades gastronómicas y restauración de los dos municipios a partir de las 0 horas del jueves 3 de septiembre.
Son muy similares a las adoptadas en otras jurisdicciones, pero hay ciertas diferencias. Así, por ejemplo, el consumo tiene que realizarse en el interior del establecimiento y sentado en mesas; no se permite el consumo de pie.
Queda prohibido el consumo en barra y en la zona de cafetería o bar de los restaurantes y sociedades gastronómicas.
La distancia mínima de 1'5 metros entre mesas o agrupaciones de mesas con un máximo de 6 personas/mesa o agrupaciones de mesas.
Las medidas adoptadas en ambos municipios son de obligado cumplimiento a todo establecimiento activo o instalación de servicio de hostelería o restauración.