El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León aprobó ayer un decreto-ley que flexibiliza la ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas para que ciertos establecimientos de ocio nocturno puedan ejercer la actividad de hostelería y restauración.
Es el primer municipio, cuyo consistorio ha tomado una decisión de esta envergadura que permite a los establecimientos de ocio nocturno la posibilidad de solicitar al Ayuntamiento una autorización provisional y extraordinaria para poder ejercer como bares-cafetería. La autorización tendrá vigencia exclusiva durante el período de contención del Covid-19 que actualmente les obliga al cierre.
Aquellos locales que obtengan la autorización provisional podrán disponer igualmente de terraza, siempre que cumplan los requisitos que recoge la Ordenanza de Veladores Municipal. En todos los casos tienen que limitar su actuación a lo dispuesto en la Ordenanza de Hostelería para bares-cafetería en horario, ruidos, equipos de música, etcétera.
En el caso de Castilla y León la iniciativa había sido expuesta por el colectivo empresarial y ayer la reunión del Ejecutivo autonómico ofreció luz verde a partir del planteamiento del consejero de Fomento y Medio Ambiente, Juan Carlos Suárez-Quiñones. Una vez rija el decreto-ley, un mismo establecimiento podrá ejercer diversas actividades recreativas, siempre previo cumplimiento de los requisitos de contaminación acústica, protección de menores y exigencias sanitarias y de seguridad alimentaria.
Así las cosas, los bares de ocio nocturno, catalogados como actividad de ocio y entretenimiento, podrán ejercer la actividad de hostelería y restauración al compatibilizar en sus locales ambas actividades.