Las 13 'declaraciones responsables' de nuevos locales de juego solicitadas en el primer trimestre de 2020 han abocado a la suspensión de títulos habilitantes recogida en el decreto-ley 3/20, de 6 de marzo, y desde ayer en la ley ad hoc 2/20, de 14 de octubre, al menos hasta el 31 de diciembre de 2021.

El Gobierno de Canarias dio por finalizado con la publicación ayer en el BOC de la ley 2/20 (deroga el decreto-ley 5/20, de 2 de abril) el período "de análisis sosegado y riguroso de los datos disponibles con la máxima participación de todos los actores implicados y con una adecuada ponderación de todos los intereses afectados" del procedimiento que el 6 de marzo y posteriormente el 2 de abril paralizó provisionalmente toda concesión de nuevos establecimientos de juego en Canarias. Ambos decretos-ley quisieron frenar eventuales nuevas solicitudes, y con la aprobación de la nueva ley se pone fin a este procedimiento extraordinariamente mediático que ha ocupado numerosos titulares en pleno confinamiento y sesiones de la comisión parlamentaria específica por medios electrónicos y telemáticos. La ley 2/20 constata "la concurrencia de un caso de extraordinaria y urgente necesidad y de las razones que justifican la suspensión de los referidos títulos habilitantes".

Las B instaladas en establecimientos de hostelería quedan excluidas del alcance de la suspensión de títulos habilitantes porque los sectores en los cuales se concentra su actividad "es otro de los gravemente perjudicados por la crisis actual". Además, la decisión examina el volumen del parque en la comunidad y confirma que sus porcentajes están por debajo de la contingentación máxima prevista: apenas el 53'14% del total posible de máquinas B, el 34% de las C y sólo 23 unidades A-especial (premio en especie). De hecho, tal como recogió la revista Joc Privat el parque de máquinas B en Canarias comenzó 2020 con 947 unidades menos.

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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