El real decreto-ley 1/2021, de 28 de enero, faculta a la Consejería competente a "territorializar el importe de las cuotas fiscales" de las máquinas B y C, según el alcance de las limitaciones a las empresas.
En la exposición de motivos del real decreto-ley publicado en el BOC del viernes 29 de enero el Gobierno de Canarias admite que "seguimos en una situación imprevisible". Y de ahí que estime necesario instaurar nuevamente medidas que ayuden a evitar las posibles dificultades de liquidez de los contribuyentes canarios, en especial pymes y autónomos.
Además de otras decisiones que afectan al tejido empresarial de la comunidad, la modificación de las cuotas fijas de las tasas sobre las B y C tendrá en cuenta con carácter trimestral a lo largo de 2021 el período o períodos de suspensión y restricciones de las actividades de juego. Incluso refiere expresamente "la territorialización del mencionado importe de la cuota fiscal".
El primer ejemplo del alcance de la medida es que se amplía el plazo de presentación de la autoliquidación de la tasa fiscal del juego de máquinas B y C que se hubiere devengado con fecha 1 de enero de 2021, tal como ya se hizo en la Orden de 31 de marzo de 2020, en este caso en la fecha del 20 de octubre de 2021. Pero lo más importante es que cuando comience el segundo trimestre el 1 de abril, la Administración canaria evaluará los períodos de suspensión de la actividad y de restricción vividos en el primero del año (el actual) para adoptar la bonificación correspondiente.