El texto define los criterios de Planificación que se pretenden para los diferentes segmentos del juego de entretenimiento de titularidad privada en la comunidad cántabra y propone el 'silencio negativo' en los supuestos de vencimientos del plazo máximo sin notificación expresa alguna por la Administración.
El texto, que abre la puerta a las alegaciones durante veinte días hábiles a contar desde su publicación en el BOC de ayer miércoles 7 de abril, confirma que las autorizaciones de juego otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de la ley se regirán en el régimen de distancias por la normativa anterior.
La Administración fijó una caducidad de los estudios de viabilidad necesarios para la concesión de posteriores licencias de apertura; una circunstancia que supuso el decaimiento de 11 nuevas licencias de establecimientos de juego.
Adjuntamos en la presente información el redactado del anteproyecto, tal come aparece reflejado en la web: juegoyespectaculos.cantabria.es