Los sistemas técnicos tienen que garantizar la inequìvoca identificación de las personas que accedan a establecimientos de juego y apuestas por lo que ninguna persona puede entrar al interior sin mediar presentación de DNI, NIE, pasaporte o documento identificativo equivalente.
La propuesta de Resolución responde a lo estipulado en el decreto 5/21, de 12 de febrero, que establece restricciones y criterios por los que se rige la concesión de autorizaciones de Juego en Asturias.
El sistema técnico tiene que se previamente homologado y su instalación autorizada.
Adjuntamos en la presente información el enlace de la propuesta de Resolución en el portal www.asturiasparticipa.es que, como puede verse, no es excesivamente extensa en consideraciones: se limita a exponer a pretensión de los sistemas, pero no concreta consideraciones técnicas.