El decreto-ley que suspende la vigencia de los artículos 15.1 y 16.1 de la ley 4/1998, de 24 de junio, del Juego y Apuestas de Castilla y León por espacio de 2 años, reconoce la intención de una Planificación de Salones "para salvaguardar las razones imperiosas de interés general".

Es la importante precisión que realiza en el texto del decreto-ley que el presidente Alfonso Fernández Mañueco firmó en el BOCYL del 11 de junio, marcando diferencias respecto de casinos y bingos que estiman se ajustan a este considerando.

El análisis contenido en el decreto-ley señala que desde la aprobación del reglamento de Apuestas en octubre de 2014 el subsector de Salones ha experimentado "una fuerte expansión debido a la instalación de zonas o córneres de apuestas dentro de los establecimientos".

Menos comprensible es la reflexión que en la exposición de motivos precisa que "casinos y bingos se encuentran en claro retroceso con suspensiones temporales y cierres definitivos", cuando estas circunstancias obedecen de manera determinante a los efectos de la pandemia.

Las explicaciones ofrecen pistas sobre cuál es el alcance de la proyectada modificación de la ley del Juego: planificación (en sentido amplio), políticas de juego responsable, protección de consumidores y atención especial a menores y vulnerables.

Igualmente prevé la realización de "un estudio general del sector" para adoptar medidas generales que velen por el equilibrio de los intereses de las partes dentro de un marco de libertad de empresa y protección de los derechos de los consumidores y usuarios.

El decreto-ley precisa que, cumplido el plazo de suspensión de dos años o la entrada en vigor de la ley que pretende acometer, la Consejería de Presidencia publicará la conclusión de la suspensión acordada.

 

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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