La disposición, adjunta a la presente información, modifica la Orden 863/2012 de la tasa de juego del bingo electrónico; la Orden 536/2008 de la homónima de apuestas, y; la Orden 675/2022, de máquinas B y recargo de la tasa.
La unificación de plazo voluntario lo es porque los vencimientos del cuarto trimestre fiscal del ejercicio podrán autoliquidar entre el 1 y el 31 de enero del año siguiente.
Tanto en bingo como en apuestas y en máquinas B los pagos trimestrales se mantienen en los veinticinco primeros días de los meses de abril, julio, octubre y los indicados del 1 al 31 de enero.
Precisamente la Diputación de Bizkaia acometió una reforma similar a partir de 2023, de la cual informamos en JPNoticias.