La imperativa incorporación del número de soporte en las solicitudes de inscripción al Registro de Interdicciones de Acceso a Locales de Juego con la Plataforma de Intermediación de Datos (PID) de la Administración General del Estado obliga a modificar puntualmente el procedimiento de inscripción y cancelación 

Hoy jueves 20 de marzo entra en vigor la actualización del contenido del modelo de solicitud de inscripción y de cancelación del Registro de Limitaciones de Acceso a locales de juego de Extremadura a los cambios introducidos en la Plataforma de Intermediación de Datos que vincula en el Convenio que la Junta mantiene con el Ministerio de Derechos Sociales y Consumo.

Adjuntamos la Orden de 11 de marzo de 2025, publicada ayer en el DOE, donde se detalla el procedimiento de cancelación en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego cuando la inscripción en el mismo se hubiera efectuado por comunicación de la inscripción en el Registro de Limitaciones de acceso de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La inscripción en el Registro tiene una vigencia mínima de 6 meses desde la fecha de resolución.

La Junta se reserva la facultad de efectuar posteriores modificaciones por Resolución del modelo 788 y aprobar mediante resolución el modelo de presentación telemática.

La Junta suscribió el 23 de marzo de 2021 un Convenio con el entonces Ministerio de Consumo para el reconocimiento mutuo de las inscripciones realizadas en los respectivos registros de Interdicciones de acceso al Juego a través de su interconexión automatizada. 

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Mitos y Realidades del Juego

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