Sin duda la resolución de la Sección Segunda del Contencioso del Supremo resulta llamativa en todos los sentidos

Causa "sorpresa" en el TS que el Gobierno de Cantabria no mencione en su recurso las dos sentencias previas del propio Supremo "que teóricamente le darían la razón porque no procede una reducción proporcional del importe de la tasa de juego".

De ahí que en los fundamentos de derecho afee la "deficiencia en la estructura del recurso de interposición del Gobierno de Cantabria" (...) "No alude a la jurisprudencia del TS que le da la razón teórica", remarca en sus consideraciones. Y para más inri señala que "no combate razonadamente la sentencia que impugna porque no se refiere a ella de modo fundado para poner de relieve los errores jurídicos que le aquejarían". Es más, "la defectuosa interposición del recurso de casación no respeta en lo más mínimo la 'razón para decidir' de la sentencia del TSJ y aplica el artículo 12 de la ley 9/1992, de 18 de febrero, de Precios y Tasas de Cantabria, que prevé la devolución de la tasa".

La Abogacía del Estado no queda exenta de la "sorpresa" del TS por allanarse, lo que el Alto Tribunal interpreta fruto de la "impremeditación" porque ratifica el criterio del TEAR.

En suma, una sentencia que puede interpretarse como alucinante por los tirones de oreja y la reacción final, pero que sienta doctrina y que abre la puerta específicamente a la empresa operadora recurrente de Cantabria a recuperar esas cantidades indebidamente satisfechas por la tasa de juego durante el 'estado de alarma' aunque habrá que ver su ejecución. No se descartan otras derivadas.

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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