Así lo identifica dentro de las actuaciones incorporadas al Plan de Inspección de Juego en el período 2026/30 publicado en el BOA en la jornada de ayer miércoles y que adjuntamos en la presente información
Es una consideración errónea porque las máquinas de azar sólo pueden ser instaladas en Casinos bajo la actual regulación aragonesa. Es una referencia que incluye en el apartado de "Inspección Simple", que recoge la página 6 a propósito de la detección de menores y quienes tengan reducidas las capacidades intelectuales y volitivas o se encuentran incapacitadas legal o judicialmente, además de las personas inscritas en el Registro de Personas excluidas de Acceso al Juego".
Esta actuación inspectora figura dentro del Plan de Inspección del Juego en el período 2026/30, cuya ejecución otorga responsabilidad la Unidad de Policía Adscrita a la Comunidad Autónoma y a las Delegaciones Territoriales del Gobierno de Aragón para coordinar esta actuación y el seguimiento del mismo en las respectivas provincias. El Plan surge en coherencia con el artículo 35.4 de la ley del Juego. El Plan prevé un Informe de Evaluación.
Probablemente sea achacable a un error, pero siempre hemos defendido la importancia de la semántica en la utilización de la terminología sectorial para defender las tipologías de producto. Aragón fue una de las comunidades que subordinó el término 'recreativa con premio limitado' para referirse a la B en Hostelería siendo sustituida por 'máquina de juego' con las consiguientes derivadas que su término comporta.
Es importante tener claro qué tipo de producto se oferta en cada categoría de establecimiento.