La ausencia de mecanismo legislativo en esta comunidad para bonificar el período de inactividad en el confinamiento sólo dejaba a la empresa operadora esta alternativa que la Dirección General de Tributos está cursando.
La opción de la solicitud de 'aplazamiento' (alternativa que entraña un coste para la empresa) no evita que desde medios sectoriales mantengan la confianza en una respuesta de la Junta en las próximas semanas a través de alguna iniciativa legislativa que active la bonificación de las semanas de cierre forzoso y nula actividad vividas durante el confinamiento.
De momento, la Dirección General de Tributos de la Junta ha comenzado a reconocer los 'aplazamientos' de la deuda en el término de un año de duración, aunque ésto no es óbice para que las empresas defiendan el criterio que la parte correspondiente a los días de inactividad por cierre forzoso no puedan ser satisfechos porque en ese espacio de tiempo no se habría generado hecho imponible alguno. De ahí que si no hubiera respuestas en tal dirección, se reserven la adopción de las medidas legales oportunas.
Tal como ya informamos en ediciones precedentes, los operadores de máquinas B, E, E1 y C en Castilla y León satisfacen una cuota fiscal de devengo anual, cuyo pago es fraccionado por trimestres. La condición 'anual' convertía igualmente en extraordinariamente compleja que una de las fórmulas a adoptar fuera la suspensión de las autorizaciones de instalación como sí sucedió en los casos de Galicia y Comunidad de Madrid.
La situación vivida a raíz de la pandemia debe ser un aliciente para el equipo de Tributos de la Junta que encabeza Heidi Millán al objeto de promover un cambio en el criterio de devengo de la tasa de juego de las B, E, E1 y C. Tal como adelantó la revista Joc Privat en su edición de Diciembre de 2019 (JP331), Millán transmitió a las asociaciones empresariales la voluntad de su departamento de impulsar el devengo trimestral de la tasa de juego con vistas al ejercicio 2021.