La Autoridad reguladora financiera con sede en París emite una declaración oficial que adjuntamos en la presente noticia, según la cual las acciones de marketing, distribución y venta de contratos a eventos deben estar prohibidas porque este tipo de productos tienen que ajustar su comercialización a cualquier otro instrumento financiero
Aunque varios países, entre ellos España, ya se han posicionado en contra de una comercialización que no tenga en consideración su condición como apuesta y bajo las normas regulatorias de la misma, el hub abierto en Gibraltar desde donde al menos dos firmas están acreditando sendas plataformas para la proyección de productos de ‘predicción de mercados’ ha alertado a esta Autoridad regulatoria hasta el punto de emitir la nota que adjuntamos.
Se trata de la primera vez que ESMA se pronuncia sobre este asunto asimilando los contratos a eventos de ‘predicción de mercados’ como instrumentos financieros en igualdad al trato que merecen materias primas, tipos de interés o acciones. Concluye que, en consecuencia, deben ser tratados como derivados.