Bingos y Casinos no pueden asimilarse como 'ocio nocturno', pero ambos perfiles de establecimiento quedan obligados a no prestar el servicio de hostelería complementario a partir de la 1 de la madrugada.
Aunque en las últimas semanas ha quedado claro que los establecimientos de juego no pueden ser asociados dentro del concepto 'ocio nocturno', las derivadas de las medidas contra la Covid-19 adoptadas por las distintas Administraciones autonómicas, particularmente a partir de mediados de agosto tras el Consejo Interterritorial, sí están repercutiendo de forma significativa en su actividad ordinaria añadiendo un nuevo factor al quebranto económico que están suponiendo las limitaciones de aforo impuestas por algunas comunidades a los locales de juego en general.
Los 'clubes de fumadores' que en los últimos años consiguieron hacerse un hueco en los establecimientos de juego, tales como Bingos y Casinos, se han convertido en el nuevo espacio damnificado, ya que las medidas adoptadas por las Comunidades impiden que pueda desarrollarse tal práctica.
Otro tanto está ocurriendo con la prestación del servicio de hostelería en Bingos y Casinos, además de numerosísimos Salones en toda España. Aunque la generalidad ha logrado esquivar el cierre de la 1 hora de la madrugada, las disposiciones implementadas en la Hostelería en general repercuten en esa prestación de servicio y, en consecuencia, a partir de la 1 de la madrugada no es posible dispensar alimento o bebida a los clientes de este tipo de locales, lo que no ayuda ciertamente a la satisfacción del cliente.