Las limitaciones de aforo al 50% en hostelería y locales de juego, denominador común de las nuevas restricciones.

La Consejería de Hacienda de la Junta de Castilla-La Mancha a través de su Delegación en Ciudad Real decretó 'nivel 2' en Miguelturra a partir de las 0 horas del sábado 24 de octubre: en hostelería y restauración, reducción al 50% del interior del aforo, supresión del servicio en barra, terrazas de los bares al 75% del aforo, y; en el caso de establecimientos de juego, limitación del aforo interior al 50%. También en Castilla-La Mancha la Delegación en Cuenca adoptó 'nivel 2' en el municipio de San Clemente, lo que significa adecuarse a las características señaladas anteriormente.

En Cantabria el Gobierno autonómico acordó en toda la comunidad a partir de las 0 horas del 25 de octubre limitaciones de aforo en el interior de locales de hostelería y establecimientos de juego del 50%, reducción a 6 personas el número de personas que pueden compartir mesa, terrazas al 75%, y cierre a las 23 horas con prohibición de acceso de clientes a partir de las 22 horas. Los establecimientos de juego también reducen su aforo al 50% con distancia de 2 metros entre las sillas y las diferentes mesas.

En Extremadura se adoptó el cierre perimetral el Fuenlabrada de los Montes (Badajoz) por espacio de catorce días. Las restricciones se han impuesto en Villafranca de los Barros, Villalba de los Barros y Aceuchal, que significa en locales de hostelería límite de aforo del 40% en el interior y prohibición de consumo en barra, 6 personas/mesa como máximo; en terrazas la limitación es del 50%.

En Asturias las ciudades de Oviedo, Gijón y Avilés establecen el cierre perimetral. El cierre de hostelería y locales de juego es a las 23 horas.

En Comunidad Valenciana entraron en vigor a la 1 hora del domingo 25 de octubre varias medidas vigentes hasta las 23:59 horas del 9 de diciembre de la Resolución de 24 de octubre de la Conselleria de Sanidad Universal, centradas básicamente en la restricción de movilidad de las 0 a las 6 horas diariamente: en hostelería y restauración consumo en mesa en interior y exterior; las barras sólo para pedir y recoger consumición y el horario de cierre a las 0 horas sin aceptación de pedidos a las 23 horas. En los municipios de Guadassuar, Elche y Orihuela se mantienen vigentes las restricciones de la Resolución del 16 de octubre, lo mismo que en el municipio de Onda, según Resolución también del 16 de octubre.

En Andalucía a las 0 horas del domingo 25 de octubre rigieron nuevas restricciones en las ciudades de Córdoba, Jaén, Sevilla, Los Gallardos (Almería), Baeza y Quesada (Jaén), Estepa, Lora de Estepa, Gilena, Marinaleda, Herrera, La Roda de Andalucía, Badolatosa, Utrera, Castillo de las Guardas y Pedrera, que en hostelería limitan el aforo al 50%, no consumo en barra, las mesas tienen que guardar distancia de 1'5 metros respecto de las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas; 6 personas/mesa ocupación máxima, y; cierre a las 22 horas. Todas las medidas son extensibles a establecimientos de juego.

En Comunidad de Madrid en la tarde del sábado 24 de octubre entraron en vigor unas medidas comunes para todo el territorio según dictamina la Orden 1404/20, de 22 de octubre, que modifica las restricciones horarias asignadas en la Orden 668/20, de 19 de junio. En hostelería y restauración se suspende el consumo en barra, en el interior se reduce el aforo al 50% y la ocupación máxima en mesas se fija en 6 personas; en terrazas el límite se fija en el 75% con distancia entre mesas de 1'5 metros y ocupación máxima de 6 personas/mesa o agrupación de mesas; las aperturas nunca pueden ser antes de las 6 horas de la madrugada y el cierre a las 0 horas sin opción a admitir nuevos clientes a las 23 horas; también se modifica el artículo 62.2 de la Orden 668/20, de 19 de junio, en los concerniente a establecimientos de jueg en general precisando la posibilidad de permanecer abiertos, siempre que limiten su aforo al 50% y el cierre se produzca a las 0 horas sin admisión de nuevos clientes a las 23 horas.

Igualmente el BOCM del 24 de octubre publicaba la Orden 1405/20, de 22 de octubre con medidas adicionales específicas y restricción de la movilidad a partir de las 0 horas del lunes 26 de octubre en 32 zonas básicas de salud. En Madrid ciudad: Núñez Morgado (Chamartín), Guzmán el Bueno (Chamberí), San Andrés, San Cristóbal y El Espinillo (Villaverde), Entrevías, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Alcalá de Guadaira, Rafael Alberti y Numancia (PUente de Vallecas), Daroca (Ciudad Lineal), Vinateros Torito, Pavones y Vandel (Moratalaz), Puerta del Angel (Latina), Virgen de Begoña (Fuencarral-El Pardo), e Infanta Mercedes y Villaamil (Tetuán). El resto de municipios de la Comunidad son: Collado Villalba, Guadarrama, Majadahonda, San Juan de la Cruz (Pozuelo de Alarcón), San Blas y Pintores (Parla), Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo), zona básica de Morata de Tajuña, Las Fronteras y Brújulas (Torrejón de Ardoz), El Boalo (Manzanares el Real), Villarejo de Salvanés y Colmenar de Oreja. En todos los territorios de estas estas zonas de salud sus establecimientos de hostelería y juego limitan el aforo interior y exterior al 50%, ocupación máxima de 6 personas/mesa o agrupaciones de mesas, no consumo en barra, distancia de seguridad de 1'5 metros, y cierre de los establecimientos a las 0 horas sin admisión de nuevos clientes a partir de las 23 horas.

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

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El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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