Habilita un procedimiento excepcional y temporal durante 2021 y 2022 para que las Delegaciones de Economía y Hacienda concedan aplazamientos y/o fraccionamientos del pago de deudas de naturaleza pública, no tributarias ni aduaneras derivadas del reintegro y/o reembolso de ayudas o de préstamos concedidos por la Administración General del Estado con dispensa de garantía.

Publicada en el BOE de ayer 21 de abril, recuerda que las ayudas tienen que estar otorgadas antes del 31 de diciembre de 2021 por lo que las convocatorias de ayudas de las Comunidades y Ciudades Autónomas ya pueden incorporar la previsión.

La gestión tiene que realizarse a partir de solicitud expresa relativa tanto a deudas en período voluntario de pago como a deudas que previamente hubieran sido aplazadas y/o fraccionadas por ejecutivo de pago. La solicitud tiene que acompañarse de la siguiente documentación:

  • Memoria justificativa que motive adecuadamente la dificultad de atender a las deudas de acuerdo con el vencimiento o el calendario de pagos vigente.
  • Certificación sobre las deudas tributarias y con la Seguridad Social.
  • Plan de viabilidad o de negocio aprobado por el máximo órgano de administración que contenga las medidas que se prevén adoptar para superar las dificultades económico-financieras que le impiden transitoriamente efectuar el pago en plazo (validez de 1 año desde la emisión).
  • Si la solicitud refiere deudas superiores a 150.000 euros o de forma acumulada con peticiones anteriores que superen los 250.000 euros, el plan de viabilidad o de negocio tiene que acompañarse de informe de auditor (validez de 1 año desde la emisión).

La Delegación de Economía y Hacienda verificará los documentos y requisitos para dictar la resolución que acuerde el aplazamiento o fraccionamiento.

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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