En Galicia los establecimientos de juego situados en poblaciones con el 'nivel máximo' de restricción pueden permanecer abiertos hasta un 30% de aforo, circunstancia que se homologa con las adoptadas en hostelería en esos núcleos, ya que hasta ahora en este 'nivel de restricción' el local debía permanecer cerrado.

En 'nivel máximo' la Xunta obliga a presentar un certificado de vacunación, superación de la enfermedad o test negativo: Sanxenxo, Cambados, Meaño, O Grove, A Pobra do Caramiñal, Boiro y O Barco. En los municipios situados en 'niveles medio y bajo', que afecta al resto de municipios gallegos, se mantiene el límite de aforo en el 50%.

En Navarra el TSJN ha autorizado el 'toque de queda' entre las 01 y 06 horas para aquellos municipios en 'riesgo extremo' durante los fines de semana, festivos y fechas en las que hubiera correspondido celebrar las fiestas patronales. El Auto diferencia esta decisión de la tomada en sentido desestimatorio al 'toque de queda' el 11 de mayo. "No es el mismo tipo de actuaciones. En junio y julio se vienen sucediendo reuniones generalizadas por toda la geografía navarra y en ocasiones masivas de jóvenes en la vía pública con asistencia ciertamente elevada, fundamentalmente en horario nocturno y tras el cierre de los locales de hostelería y ocio".

En Catalunya la Resolución 2331, de 20 de julio, mantiene el horario de cierre de hostelería y establecimientos de juego a las 0:30 horas. En la hostelería se permite el consumo en barra con separación de 1'50 metros, aforo interior en el 50% y distancia de 2 metros entre mesas con garantía de ventilación. En locales de juego la limitación de aforo se fija en el 70% con máximos de 500 personas, que si se cumplen las condiciones de ventilación, puede ampliarse a 1.000, pero siempre con aforo del 70%.

En Comunidad Valenciana la Resolución de 22 de julio de la Conselleria de Sanidad estipula que a partir de las 0 horas de hoy lunes 26 de julio y hasta las 23:59 horas del 16 de agosto hostelería y locales de juego tendrán que cerrar a las 0:30 horas y su aforo interior no puede superar el 50%; el máximo será de 6 personas/mesa, y entre las mesas una distancia de 2 metros cuando sea en el interior del local; el consumo siempre será sentado en la mesa y no se permite el consumo en barra.

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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