La entidad formula una serie de propuestas de mejora al proyecto de Resolución de la DGOJ que aprueba el modelo de datos del Sistema de Monitorización de la Información, además de modificar los anexos I de dos resoluciones de la DGOJ sobre especificaciones técnicas e identificación y prohibiciones subjetivas de participación en juegos regulados en la ley estatal del Juego de mayo de 2011.

En aras de una información más transparente de las marcas de Apuestas, la AEJAD sugiere los siguientes aspectos a abordar:

  • Acerca de las causas para el cierre de cuentas defiende la existencia de una razón de ‘cierre unilateral’ del operador. Estima que los motivos ‘fraude tecnología’ y ‘fraude colusión’ no den por sentado que el uso de algunas tecnologías implique directamente que sea fraude y que en las apuestas deportivas no cabe colusión posible.
  • Una mayor transparencia durante el ejercicio de la apuesta guardando la información del momento en que el usuario quiere hacer la apuesta (click en ‘apostar’) y en el momento en que la marca de apuestas la acepta. AEJAD estima que frecuentemente hay un retraso de hasta minutos durante el cual la marca de apuestas recaba información adicional sobre otras apuestas o movimientos de cuotas de otras marcas, por ejemplo.
  • En el registro de apuestas propugna incluir la cantidad máxima que podría haberse apostado, o bien el motivo del rechazo de la apuesta en el caso que rechazara la apuesta.
  • En el registro de retiradas sugieren añadir las fechas en las que el usuario solicita la retirada y las fechas en las que el operador solicita información adicional.
  • El documento completo de las propuestas de la AEJAD es adjuntado en la presente información.
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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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