Un Estado miembro puede vetar en su territorio juegos de apuestas online que sí estén permitidos en otros Estados miembros, es decir, un usuario que acceda al portal de un operador n autorizado en su país tiene la posibilidad de reclamar la devolución de aquellas pérdidas derivadas de sus apuestas con un operador en donde no son legales esos juegos
El Derecho de la UE permite que un Estado miembro legisle a nivel nacional para prohibir la organización online de juegos de casino, slots online y determinadas apuestas al objeto de canalizar la actividad de juego hacia circuitos controlados y luchar contra mercados paralelos, según el TJUE.
La legislación de la UE no se opone a que se reconozcan las consecuencias jurídicas de esta prohibición, pese a la posterior introducción de un régimen de autorización, ni tampoco que se declare la nulidad de los contratos celebrados en violación de tal prohibición, ni a una acción civil de restitución de las cantidades perdidas en apuestas,
Es compatible con el Derecho de la UE la acción de restitución de las cantidades perdidas en apuestas y que la nulidad del contrato y sus efectos se rigen por el Derecho nacional aplicable, que en este caso sería el alemán.
El origen de este litigio reside en un ciudadano alemán que jugó a slots online de un portal en Alemania, donde cuando realizó la operativa esta modalidad de juego estaba prohibida, salvo las apuestas deportivas hípicas. El operador actuaba sobre la base de sociedades residenciadas en Malta.