Informe de Fiscalización correspondiente al ejercicio 2021 cuando todavía el operador público catalán de juego se denominaba EAJA, y no Loteries de Catalunya, aunque el documento precisa que fue el año en que adquirió forma de SAU adscrita a Economia i Hisenda.

Hay diferentes conclusiones de la Sindicatura de Comptes de Catalunya ciertamente relevantes. Así, por ejemplo, contrapone la definición de Loteries de Catalunya como entidad pública sin carácter de poder adjudicador cuando sí la tendría, señalando que “tal circunstancia no se ajusta a la normativa europea”.

Estima que en la contratación de los sujetos de la red comercial no fueron aplicadas las disposiciones de la normativa de contratos del sector público. Igualmente precisa que EAJA-Loteries de Catalunya “no formuló, aprobó, ni rindió las cuentas correspondientes al año 2021”.

En un comunicado de respuesta de Loteries de Catalunya ésta justifica que los ingresos destinados al ‘fondo de loterías para la prosperidad y cohesión social’, que en 2021 ascendió a 3’57 millones de euros, no son propios de la entidad y no deberían estar registrados en la liquidación del Presupuesto de Loteries de Catalunya.

Además, también opone que las cuentas anuales de Loteries de Catalunya fueron sometidas a la aprobación del socio único el 31 de marzo de 2022 y reformuladas el 21 de junio de 2022 fuera del plazo establecido en la normativa.

El Informe de 82 páginas que se identifica como 40/2023 (adjunto a la presente información) ha sido remitido por la Sindicatura de Comptes al Parlament y en el mismo se recomienda “agilizar los trámites para poder rentabilizar los activos registrados en el inmovilizado material y en inversiones inmobiliarias” por un parte y en paralelo “informar (allí donde corresponda del portal de transparencia) que la información requerida en ese ámbito no es aplicable a Loteries de Catalunya o que no hay información alguna a facilitar, si fuera así”.

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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