La normativa en Extremadura estipula dos condiciones para excluir del alcance de la ley del Juego a los bingos en hogares y residencias de mayores: la apuesta máxima por cada participante y en cada partida no puede superar los 0'10 euros y el importe total jugado en cada sesión debe tener un valor inferior al doble del salario interprofesional diario, cuyo destino será íntegramente el pago de premios.

Los hechos se remontan al 27 de noviembre cuando funcionarios de la Policía Nacional intervinieron en el local de mayores La Bondad de Cáceres durante una partida de bingo. Esta semana el expediente incoado ha referenciado una multa para la entidad de 6.001 euros (susceptible de bonificación a 3.600 euros si el pago es en plazo), que según El Periódico de Extremadura coloca contra las cuerdas su continuidad y con el consistorio cacereño afanado en la búsqueda de soluciones en temas como preservar el baile de los viernes.

La reforma acometida por la Junta en el decreto 165/2014, de 29 de julio (reglamento de Apuestas publicado en el DOE del 4 de agosto de 2014), buscó precisamente aclarar "cuándo el juego del bingo es de carácter tradicional o familiar y cuándo no es objeto de explotación lucrativa con el fin de determinar si queda fuera del alcance de aplicación de la ley del Juego". No puede olvidarse que el alcance de la legislación desarrollada por la Junta "alcanza todo tipo de práctica del juego del bingo que se realice o permita realizarse dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma" (artículo 1.2 del reglamento del Bingo).

En los últimos meses la Dirección General de Tributos de la Junta de Extremadura ha impulsado al menos tres acciones muy similares que pretenden combatir la competencia desleal que sufren las salas de bingo formalmente autorizadas por la Junta. Son los casos de la citada La Bondad, la Asociación de Tercera Edad Aldea Moret de Cáceres y las apuestas a caballos en el Hípico de esa misma ciudad.

La asociación empresarial de Bingos de Extremadura insiste en la necesidad de que las entidades sin ánimo de lucro se ajusten a la normativa en vigor.

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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