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    Noticias de la industria del sector del juego y del recreativo

Carlos Lalanda expresa escepticismo sobre la efectividad de los Convenios de Interconexión bilaterales que firman actualmente Administración central y Comunidades Autónomas en materia de Registro de Interdicciones de Acceso al Juego, y prefiere inclinarse por explorar alternativas en el ámbito de la legislación civil.

Es un tema muy longevo en el tiempo. "En 1979 el primer reglamento de Casinos nacional ya asignó prohibiciones. La CNJ de entonces escribía a máquina las personas que se inscribían y se enviaban a los casinos", evocó Lalanda. La preocupación por el asunto fue motivando la creación de Registros Autonómicos y la cuestión adquirió un nuevo estadio con la ley estatal del Juego de 2011.

Lalanda se interrogó acerca de la opción que permanece, según la cual un tercero (que no es el implicado) puede emprender un procedimiento de inscripción en un Registro y que la Administración lo ejecute. Se refirió al relevante cambio acometido en la reforma del Código Civil de 2008. E incluso se inquirió sobre una eventual autoprohibición europea, "que no está contemplada actualmente".

La fórmula que el Consejo de Políticas del Juego emprendió el 14 de julio de 2021 fue el Convenio entre Administración central y Comunidades y Ciudades Autónomas. Lalanda advierte "una tensión competencial que no resuelve la cuestión. Comunidad Valenciana y Catalunya manifestaron su abstención sobre este particular en aquella reunión de 2021", recuerda Lalanda. "A mi juicio, los Convenios entre Comunidades y Ministerio de Consumo se han quedado bastante cojos. De ahí que, más allá de la efectividad que pueda lograrse en este terreno, a su juicio, sería la legislación civil por donde reconducir y transitar".

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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