Los siete procedimientos restantes, muchos de ellos no contemplados hasta ahora, asignan el criterio desestimatorio una vez transcurrido el período previsto de respuesta desde la Administración.
Importante decisión que JPNoticias adelantó en su edición del 5 de diciembre, puesto que el trámite de autorización de instalación de Máquinas B en Hostelería exige máxima mayor agilidad y dinamismo no sólo al Negociado de Juego de la Comunidad de Madrid, sino de cualquier otra Administración autonómica. Las demoras que suelen acompañar este trámite tan frecuente por su dinamismo inherente a las empresas operadoras aparenta un compromiso de responsabilidad y comprensión del Ejecutivo autonómico al dotarle del 'silencio administrativo positivo'. Es decir, si la iniciativa demora el trámite más de 2 meses, el expediente es estimado; la norma hasta ahora lo consideraba desestimatorio.
Los nuevos procedimientos que se añaden porque sus referencias no estaban recogidas en la ley 1/2001, de 29 de marzo son los siguientes:
en Locales de Apuestas y Zonas de Apuestas el criterio para resolver la solicitud de apertura es de 3 meses, y el resto de supuestos asigna un margen de 6 meses "debido a la especial complejidad de la tramitación de los mismos y a la protección del interés general": autorización para la organización y comercialización de apuestas, homologación de máquinas recreativas de juego y azar, homologación de sistemas técnicos para la práctica de juegos y apuestas de carácter presencial o a distancia, y homologación de sistemas técnicos de interconexión, de medios de pago y de control de acceso a establecimientos de juego.