En Castilla y León son prorrogadas las limitaciones de aforo y horarios durante catorce días a partir de las 0 horas del 31 de agosto (hasta las 24 horas del 13 de septiembre). En hostelería se mantiene la prohibición de consumo de pie o en barra, aforos al 75% y limitación máxma de ocupación de 10 personas/mesa o agrupación de mesas; el cierre se mantiene a la 1:30 horas sin nuevos clientes a partir de la 1 horas. Discotecas y salas de fiesta permanecen cerradas.

En Extremadura la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJE ha ratificado en un Auto el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta relativo a la declaración de alerta 3 en el área de salud de Cáceres. Estima que son medidas "justificadas, necesarias y proporcionadas para la consecución del fin que se pretende la protección de la vida, la salud, la integridad física al amparo de los artículos 15 y 43 de la Constitución sin que quepa predicar una lesión de los derechos fundamentales de tal entidad que pueda considerarse desproporcionada o injustificada".

La ratificación judicial significa que la hostelería limita su aforo interior a una tercera parte con un máximo de 4 personas/mesa o agrupación de mesas; los interiores de discotecas y locales de ocio permanecen cerrados.

Igualmente en otro auto la Sala ratifica la medida sanitaria que temporalmente restringe la entrada y salida de los municipios cacereños de Aliseda, Aldeanueva de la Vera, Ceclavín, Losar de la Vera, Jaraíz de la Vera, Pinofranqueado y Torreorgaz, lo que significa su cierre perimetral. También sigue en cierre perimetral el municipio de Miajadas.

En Catalunya a partir de las 0 horas del 27 de agosto desaparece el 'toque de queda' que permanecía vigente en 19 municipios de la comunidad. No obstante, el TSJC acepta prorrogar otros siete días adicionales la limitación de reuniones privadas y públicas a 10 personas.

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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