El Consell Econòmic i Social pide al Ejecutivo autonómico que "precise las consecuencias que podría tener la reducción de licencias, su impacto en la recaudación de tasas de juego y en la pérdida de empleos" en el dictamen 18/2022 que adjuntamos.

El CES recuerda que las referencias anteriores son "elementos suficientemente importantes y que sería preciso conocer su alcance para poder establecer las medidas convenientes para mitigar estos impactos".

El CES también reclama al Govern que en la exposición de motivos, tiene que indicar "los motivos que han originado su elaboración, los objetivos que pretende conseguir, los fundamentos jurídicos habilitantes en que se apoya, los principios y las líneas generales de la regulación cuando sean necesarias para una mejor comprensión del texto legal y la incidencia en la normativa en vigor, con indicación especial de los aspectos más nuevos".

Igualmente pide que en los exteriores de los establecimientos de juego se permita indicar el nombre comercial y la marca específica del local.

También pide modificar el plazo de 6 meses de prescripción para las infracciones leves ("es muy reducido") "porque en ese margen de tiempo difícilmente podrán detectarse la mayoría de infracciones". La recomendación es ampliar a 1 año.

No es una sorpresa, pero una vez más la mezcla del online (incluso su total protagonismo frente al presencial) es una constante abundando en el desenfoque, circunstancia que en el caso del Govern balear hay que interpretar como una estrategia gubernamental. Así, por ejemplo, el dictamen se fija en el Informe del Jugador Online de la DGOJ de 2020, circunstancia que se repite porque el CES ya pidió al Govern balear a propósito de la reforma del reglamento de Máquinas en 2019 que "desarrollara acciones preventivas necesarias, sobre todo dirigidas a la población más joven". De nuevo esa mezcla invita a la confusión sobre lo que se está regulando de facto: el mercado presencial del juego de entretenimiento privado, y no el online cuya titularidad es estatal.

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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