En Comunidad de Madrid a partir de las 0 horas de hoy lunes 20 de septiembre los establecimientos de juego amplían el aforo interior al 75% del permitido y conforme con la normativa sectorial; el horario de funcionamiento corresponderá con el que tengan determinado en la normativa sectorial.

En la hostelería madrileña tampoco podrá superarse el aforo del 75% en el interior de los locales y, tal como adelantamos días atrás, permanece prohibido el servicio de barra; distancia entre mesas o agrupaciones de mesas de 1'5 metros con las sillas asignadas o el resto de mesas, y máximo de 6 personas/mesa. Horario según normativa municipal.

En País Vasco a partir del sábado 18 de septiembre el ocio nocturno abre hasta las 03 horas con limitación de aforo del 50%, uso de pistas de baile, pero con mascarilla. En hostelería, locales de juego y txokos la limitación interior se fija en el 75%, pero prohibido consumo en barra o de pie; máximo de 8 personas/mesa y mascarilla obligatoria salvo en la ingesta.

En Aragón desde el 16 de septiembre la limitación de aforo en locales de juego se fija en el 50%, y el horario hasta el límite máximo que permita su licencia de funcionamiento sin admitir nuevos clientes 30 minutos antes del cierre.

En hostelería el aforo interior máximo es el 50%, pero se mantiene la prohibición de consumo en barra o de pie.

En Catalunya se prorrogan las medidas vigentes a partir del 17 de septiembre y por espacio de siete días. El horario de apertura de hostelería y locales de juego se prolonga desde las 06 a las 0:30 horas.

En locales de hostelería se mantiene el consumo en barra con separación interpersonal de 1'50 metros, aforo interior limitado al 50% con distancia señalizada de 2 metros entre mesas o agrupaciones de mesas y garantía de ventilación; máximo de 6 personas/mesa o agrupación de mesas en el interior y garantía de 1 metro de distancia entre las personas de una misma mesa.

En locales de juego se mantiene aforo interior del 70% con un máximo de 500 personas y cuando se cumplan las condiciones de ventilación y calidad de aire reforzadas el máximo de personas se fija en 1.000 respetando el aforo del 70%. Los grupos se limitan a un máximo de 10 personas y con la distancia de 2 metros entre diferentes grupos. Tienen que fijarse flujos de control en los accesos y zonas de movilidad en evitación de aglomeraciones; el servicio de hostelería en locales de juego respeta el horario de 06 a 0:30 horas.

El ocio nocturno, entendido como salas de baile, discotecas, bares musicales o karaokes, permanece suspendido cuando dispongan únicamente de espacios interiores.

En Galicia sólo Monforte de Lemos quedan en 'nivel medio' desde el sábado 18 de septiembre, lo que significa un grado por encima del 'nivel medio bajo' en el cual quedan acogidos la totalidad de municipios. Para la generalidad de localidades la ocupación máxima en hostelería será de 8 personas/mesa en el interior; distancia de seguridad interpersonal en las instalaciones, particularmente en la disposición y uso de las máquinas recreativas. La Xunta no impone a la hostelería la petición imperativa del 'certificado Covid' para acceder al interior de la hostelería.

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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